El lunes 31/10/2022, la instrucción normativa de los ingresos federales de Brasil n. 2,114/2022 Regulando el programa de reanudación de eventos de emergencia PERSE.
El programa fue instituido por la ley no. 14,148, publicado el 04/04/2021, con el objetivo de reducir los impactos de la pandemia Covid-19 en los eventos y el sector turístico, ya que la detención alcanzó el 97% del sector en 2020, aproximadamente 350,000 eventos que fueron cancelados y el los que fueron cancelados y el Branch dejó de ganar al menos $ 90 mil millones. En 2021, ya no se celebraron más de 530,000 eventos.
Sin ningún apoyo sobre el tema, los empresarios tenían importantes preocupaciones: el daño de los aplazamientos y la inseguridad del reembolso de los boletos para los clientes. De esta necesidad surgió la Perse, que consideró pertenecer a los eventos y el sector turístico, las compañías que realizan las siguientes actividades económicas:
I - Conducta o comercialización de congresos, ferias, eventos deportivos, sociales, promocionales o culturales, ferias de negocios, shows , fiestas, festivales, simposios o espectáculos en general, casas de eventos, buffets, buffets, buffets, buffets, buffets, buffets , Buffets Social and Children, clubes nocturnos y espectáculos;
II - Hospitalidad en general;
III - Administración de salas de exhibiciones cinematográficas; E
IV - Provisión de servicios turísticos, de acuerdo con Art . 21 de la Ley No. 11,771, del 17 de septiembre de 2008 .
En ese momento, la ley estableció la posibilidad de créditos de incentivos y refinanciación de la deuda, así como un beneficio que redujo las tasas de los impuestos federales PIS, Cofins, IRPJ y CSLL a cero. Sin embargo, los artículos otorgados los beneficios fueron objeto de veto presidencial y, por lo tanto, todos los procedimientos legislativos se hicieron para hacer que dicho beneficio sea válido.
Por lo tanto, el 18/03/2022, los artículos que redujeron las tasas impositivas mencionadas se publicaron en cero, cuando el beneficio fiscal finalmente fue efectivo. Depende de la ordenanza ministerial aclarar los códigos CNAE que se consideran el sector de eventos con el propósito de enmarcar la legislación y en ese programa, que fue bastante completo.
Resulta que la ley junto con la ordenanza publicada generó algunas dudas interpretativas, que finalmente fueron remediadas con esta última semana, a saber:
- El beneficio fiscal se aplica solo a los ingresos y los resultados de las actividades económicas relacionadas con el sector de eventos, hoteles en general, gestión de servicios cinematográficos de exhibición y turismo, no aplicando ingresos financieros u otros ingresos no operativos. Si la empresa tiene otras actividades, deberá segregar los ingresos;
- El beneficio fiscal no se aplica a PIS-Import y Cofins-Importation;
- El beneficio fiscal no se aplica a las empresas nacionales simples;
- El beneficio se aplica a las empresas que estuvieron activas el 18/03/2022 y desde entonces tienen el registro en el registro (requisito aplicable solo a las compañías de turismo).
En este contexto, es importante que las empresas que disfruten de la Perse, que se adaptan a las disposiciones de In. Además, sugerimos que las compañías de opción de Simples Nacional hacen un estudio para verificar la viabilidad de usar el beneficio para 2023.
El equipo de Carpena Advogados está disponible para responder cualquier pregunta sobre el tema.