En un contexto en el que la infracción a la efectividad del poder judicial crece exponencialmente, el uso de modalidades de solución alternativas de conflicto ( Resolución de controversias alternativas EM>) tiende a intensificarse. El arbitraje, regulado en Brasil por ley 9.307 / 96, es una de estas posibilidades que está ganando prominencia (ya consolidada en Europa y los EE. UU.). P> p> arbitraje, se debe tener en cuenta, está altamente indicado para los casos en que los litigantes, alternativamente a una justicia burocrática, que a menudo no tiene juicios con conocimientos especializados de la demanda, y mucho más expuestos a los contingentes personales Juez o juicio, Prefiere elevar un gasto de inmediato, pero que, al final, también será ventajoso. P> p> Esta forma de solución en la composición de las demandas actuales o futuras (dependiendo de las especies de convención, si el arbitraje o la cláusula de compromiso), en función de la autonomía privada de los contratistas, mediante los cuales le dan a uno o más árbitros Poderes para decidir la disputa con la efectividad de la sentencia judicial, está ganando cada vez más la aceptación en contratos comerciales, civiles y laborales. Aunque, en este último, todavía efectivo no es completamente pacificado en la comunidad legal. P> p> Hoy en día, en Brasil, los principales tribunales de arbitraje institucionalizados son (ya que es posible establecer tribunales ad hoc in>): Brasil-Canadá Cámara comercial (SP); La cámara arbitral de CIESP-FIESP (SP), la cámara arbitral Brasil (MG), la cámara arbitral de CIERGS-FIERGS (RS), entre muchos otros. Otra gran ventaja del arbitraje es el amplio margen de autonomía privada que las partes tienen en la elección del sitio de la oración (que tiene implicaciones en el momento del procedimiento ejecutorio p.) La elección del lenguaje e incluso la ley a aplicar (ser material y / o procedimiento). p> p> En este punto, es muy importante que una diferenciación entre el arbitraje y otras modalidades alternativas para la resolución de conflictos, como la conciliación em> y mediación in> primero, el conciliatorio sugiere una solución Para el caso, sin tener el poder de impactarlo, ya en el segundo, el mediador ni siquiera interfiere en los términos de este acuerdo, actuando tan solo como un ayudante para que las partes lleguen a un pacto final. p> p> También se destaca que aunque el costo es mayor al principio, se puede relativar si se tienen en cuenta los altos costos de transacción de la burocracia y la lentitud del procedimiento judicial tradicional. En los EE. UU., Por ejemplo, la investigación ya está bien desarrollada evaluando que la calidad del sistema judicial genera influencias en el ritmo del crecimiento y el desarrollo económico de los países. También en la investigación realizada en Brasil, se verificó que el mal funcionamiento del poder judicial socava no solo a la economía en la macro, sino también el desempeño propio de las empresas. P> p> es la carga en el secreto (a diferencia del proceso judicial, el principio de publicidad de actos de procedimiento), la irrecoribilidad, la celeridad, la especialización de los árbitros (ya que la sentencia no necesita tener capacitación legal), el procedimiento de burocratización (es suficiente para comparar Las reglas establecidas en una regulación de una cámara de arbitraje institucionalizada y las normas previstas en el CPC para un procedimiento judicial común) mayor certeza y seguridad jurídica. p> p> bajo el poder judicial gaucho, aunque mantiene una posición más conservadora al principio, en comparación con los tribunales de justicia de otros estados y también con STJ, la comprensión fue sedada para reconocer el carácter vinculante de las cláusulas de arbitraje, lo que garantiza las expectativas de Aquellos que, en el momento de la contratación, establecen una convención arbitral. p>
Los beneficios del arbitraje en resolución de conflictos.
En un contexto donde el descompuesto a la efectividad del poder judicial crece exponencialmente, el uso de la alternativa.
sigue leyendo