STF reconoce la posibilidad de una recolección de impuestos de transmisión progresiva

Por la mayoría de los votos, la plenaria de la Corte Suprema Federal (STF) proporcionó la apelación extraordinaria (RE) 562,045, juzgada en conjunto con otros nueve

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Por la mayoría de los votos, la plenaria del Tribunal Supremo Federal (STF) proporcionó la apelación extraordinaria (RE) 562.045, considerada junto con otros nueve procesos que se ocupan de la progresividad en la recopilación de impuestos de transmisión causan mortis y donaciones (ITCD. ). El Gobierno de Rio Grande do Sul, autor de todos los recursos, decisión impugnada del Tribunal de Justicia del Estado (TJ-RS), que entendió inconstitucionalmente la progresividad de la ITCD (1% a 8%) alícuota prevista en el artículo 18. , Ley Estatal No. 8.821 / 89, y determinó la aplicación de la tasa del 1%. El tema ha reconocido la repercusión general.

Para facilitar la regularización del impuesto adeudado, la Secretaría de Ingresos Estatales informa que el Diario Oficial del Estado se publicó en la Ley Nº 14.13 y el Decreto No. 49.955, que autoriza el pago de la ITCD con alícuotas reducidas como se especifica a continuación. .

En la donación de bienes celebrados hasta el 30/23/2009, cuyas alícuotas fueron del 3% al 8%, el pago de ITCD se proporciona por la tasa del 3%, ya que solicitando el beneficio de SEFAZ y PAGO hasta el 28 de junio de 2013. < / p>

En la transmisión "causa mortis" (inventario) cuya muerte ocurrió hasta el 12/23/2009, donde la tasa calculada fue del 5% al ​​8%, el contribuyente se otorga al pago de la ITCD por la tasa del 4%, siempre que solicite el beneficio de los ingresos estatales y realice el pago hasta el 28 de junio de 2013.

Los contribuyentes que han optado por discutir la tasa en la esfera administrativa o judicial, incluso en los casos en que hubo el lanzamiento del lanzamiento, también puede pagar la ITCD para el beneficio a la fecha límite, siempre que renuncien a la administración o judicial. El contribuyente que no cobró la ITCD en las donaciones realizados puede promover la auto-regularización, también para el 28 de junio de 2013, con el beneficio de la tasa reducida. Aquellos que no promueven la auto-regularización se pueden comprar a partir de los ingresos estatales, sujetos a las sanciones proporcionadas por la ley.