La inexcublicidad del depósito recursal para empresas en la fase de recuperación judicial.

A diferencia del procedimiento civil que requiere solo el pago de los costos con fines de recursión, en el nivel del trabajo, en algunos casos, los requisitos

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A diferencia del procedimiento civil que requiere solo el pago de costos con fines de recursión, en un trabajo, en algunos casos, no solo el requisito del recuerdo de costos, sino también el depósito de recurso que, juntos, caracteriza a los llamados "Preparación recursal".

decisiones laborales (juicios o juicios) imponen a las empresas que disputen en los pasivos de las demandas, y que están interesados ​​en que el importe del debate es reexaminado por la instancia superior, el pago de los costos (en el porcentaje del 2% en el valor de la causa o condena) y el depósito de recursal (aquí a una cantidad máxima de R $ 8,959.63 para acceder a la segunda instancia y R $ 17,919,26, también como un valor máximo, para el acceso a El trabajo máximo, el Tribunal Superior de Trabajo).

Con la entrada en la recuperación judicial de la OI, una de las compañías telefónicas brasileñas más grandes, fue una situación evidente ya corrking en la justicia del trabajo: que las empresas que se encuentran en la fragilidad financiera, como las de recuperación judicial, Han obstaculizado el acceso a la justicia, ya que una de las condiciones para recurrir a partir de decisiones de acabado laboral es el pago de la preparación (costos y depósito recursal). En esta cinta de correr, el resumen No. 86 del Tribunal Superior de Trabajo exime a la masa en quiebra de tal obligación. Sin embargo, tal disposición suntular no se manifiesta en cuanto a empresas en recuperación judicial.

Pensamos que dicha reflexión es de suma importancia en tiempos de crisis económica en Brasil, en la que la comprensión jurisprudencial masiva es en contrario. Además, se enfatiza que esta reflexión es necesaria, ya que el juicio competente para llevar a cabo el crédito de la compañía en la recuperación judicial es la justicia del estado común. Además, se observa que la Corte Suprema decidió favorecer la reflexión aquí. Es decir, para el juez de recuperación judicial en la realización de reclamaciones laborales.

De la misma manera, se enfatiza que, con incumplimiento con la Decisión del STF del juez de mano de obra, es decir, esto está desempeñando o requiriendo el depósito de recursal, esta decisión es queja con el STF. Por lo tanto, ante tantas inconsistencias sobre el depósito recursal frente a las empresas en la recuperación judicial, se percibe que la medida más paliativa sería la ausencia de obligación de aquellos para estos.