En noviembre de 2013, se publicó la medida provisional n. 627, que, entre otras disposiciones, ha modificado la forma de impuestos de la equidad, física y jurídica, de la distribución de las ganancias de las relacionadas y / o subsidiarias en el extranjero. P>
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Antes del advenimiento de la medida provisional de Alludida, no hubo la obligación de pagar el impuesto sobre la renta siempre que no supere la distribución de las ganancias, y la recolección se puede posponer hasta el momento en que los recursos realmente pasaron de la esfera de equidad. del inversionista de la entidad legal. p>
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de 2015, si se convierte en MP. 627, los mismos inversores tendrán que generar sus balances e informar al Tesoro si hubiera un beneficio. En este caso, el pago del impuesto a la renta debe ocurrir de inmediato, independientemente de su transferencia (con dudas si la solicitud será retroactiva o no). Termina, por lo tanto, la ventaja de impuestos de la alta relevancia en términos de estrategia para las inversiones en el extranjero, lo que provoca que se reevalúen alternativas. P>
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Los expertos convergen en la orientación de que el tiempo no es ideal para la toma de decisiones, ya sea en cuanto a las estructuras de deshacer ya implementadas, o la apertura de nuevos vehículos para aplicar fuera de Brasil. La recomendación es que los inversores esperan la consolidación de la situación legislativa, pero con precaución, comience a recopilar documentos y proporcionar offshore em>. P>
p> El término para la conversión de MP n. 627 en la ley es de 60 días, extensible por un período igual, para que el reglamento definitivo esté esperado para fines de marzo de 2014. P>
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Fuente: Reproducción de noticias Publicado por Valor Económico - Finanzas - 14.1.14 - En el lugar de Asociación de Abogados de São Paulo . P>