No tengo contacto telefónico con el contribuyente.

Publicado en el Diario Oficial de la Unión el 12 de mayo de 2015, el Comité Privado Ordinario de Brasil (RFB) # 641/2015

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Publicado en el Diario Oficial de la Unión El 12 de mayo de 2015, la Guía de ingresos ordinarios de Brasil (RFB) No. 641/2015 proporciona un monitoreo diferenciado de los mayores contribuyentes en el país, a través de la consulta a la fuente pública de datos e información. e incluso por contacto telefónico del servidor con el contribuyente.

El monitoreo diferenciado de los contribuyentes más grandes por parte de la RFB comprende el análisis del comportamiento económico-impuesto, a través del monitoreo de la recopilación de los impuestos administrados por la RFB, el análisis de los sectores y los grupos económicos y la gestión para el tratamiento prioritario de los pasivos fiscales. Uno de los objetivos previstos en el conserje es subsidiar la alta administración de la RFB con información oportuna sobre el comportamiento fiscal de los mayores contribuyentes.

Cabe señalar que, en los procesos de trabajo de monitoreo de recolección, con el objetivo de obtener información, RFB puede establecer contacto telefónico o contacto por medios electrónicos, centro virtual de servicio (E-CAC) con el contribuyente. El contacto telefónico tiene como objetivo una mayor aclaración sobre alguna información previamente proporcionada a la RFB.

No hay iniciación de procedimientos de impuestos y pérdida de contacto telefónico de espontaneidad y contacto por medios electrónicos a través de E-CAC. Esto significa que si el contribuyente sabe que tiene una deuda ante el Tributería y se da cuenta de que el contacto realizado por el servidor puede iniciar un procedimiento de supervisión, el contribuyente aún puede anticipar el subponso formal del Tributería, pagando el tributo retrasado, más la corrección monetaria y el interés de moratoria, pero sin tener que pagar la multa. Este es el beneficio de la denuncia espontánea.

Sin embargo, cuando la información es satisfactoria, o el contribuyente no los proporciona, el procedimiento fiscal del contribuyente puede formalizarse, con una ciencia contributiva al comienzo del procedimiento, restantes la espontaneidad de los insertados expresamente en el término fiscal.

Para la elección de las personas jurídicas sujetas a un monitoreo diferenciado, los criterios se adoptarán como ingresos brutos declarados, deudas declaradas, la masa salarial y la participación en la recopilación de impuestos administrados por la RFB. Para la elección de las personas físicas sujetas a diferentes acompañamientos, hay, entre otros, criterios relacionados con el total de ingresos, bienes y derechos declarados, operaciones de ingresos variables, fondos de inversión unifesseaal y participación en una entidad legal sujeta a un monitoreo diferenciado.