En julio, la octava clase del Tribunal Laboral Regional de la 4ª Región de Río Grande Do Sul (TRT-RS) decidió que un trabajador de una fábrica de componentes electrónicos de Gaucho debe recibir diferencias salariales, ya que fue capaz de probar que realizó las mismas tareas que un colega masculino, pero recibe un salario más bajo. En la comprensión del TRT-RS, la conducta de la compañía causó la distinción de género, que está prohibida por la Constitución Federal de Brasil. La Decisión confirma una sentencia del juez Marina Dos Santos Ribeiro, el 4to palo de la obra de Gravataí. Es necesario apelar al Tribunal Superior de Trabajo (TST). P>
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Al presentar la decisión de primer grado a TRT-RS, la Compañía afirmó que los salarios serían diferentes porque los hombres también trabajarían en el transporte de piezas, la actividad que requeriría más fuerza física y, por lo tanto, la remuneración más alta sería Justificado. Sin embargo, para el ponente del caso en la octava clase, un abogado Francisco Rossal de Araújo, la reclamación de la compañía no se pudo tener en cuenta porque la prueba testimal dejó en claro que se utilizaron los automóviles auxiliares para el transporte de materiales, y que varios trabajadores en El sector se utilizó la actividad. El equipo, según el juez, hizo posible que la actividad se realizó sin un requisito de gran fuerza física. P>
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En cuanto a los otros requisitos requeridos por CLT para la equivalencia, el magistrado destacó que la contratación del empleado sirvió como paradigma ocurrió dentro de un rango de menos de dos años en relación con la admisión de la criada queja, y que ambos trabajaron en El mismo lugar y cumplió los mismos requisitos de producción y perfección del trabajo. La comprensión fue unánime en el juez. P>
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" es conocido y discutido a la sociedad, evidentemente patriarcal, aún mantiene el modelo em> para el tema del género. Pero los logros de género son una esfera legal em> EM> EM>. La mujer ganó un espacio que era antes de que ella se hubiera girado em> p> em> Men, sin embargo, todavía hay compañías que no se adaptan a em>. El entorno corporativo debe suprimir y modificar este em> abismo em> em> em> Hombres y mujeres, no cometa la diferenciación em> em>< en> géneros em> em> contratación em> trabajadores por la misma C em> Archo em> y / o función, em> y evitando em> y teniendo precaución em> en em> Resalte Luciana Freitas strong>, abogado del área Laboral span> de los abogados asociados de Carpena. P> p> proceso citado span>: 0000738-41.2014.5.04.0234 (RO) P>