Empleado de la industria de fundición y el equipo ferroviario de fabricación recibirá insalubridad adicional y peligrosa en forma acumulada. p>
p> La decisión fue reportada en la escuela secundaria y mantenida por la séptima clase del Tribunal Superior de Trabajo. La clase comprendió que el Artículo 193, § 2, de CLT prevé la opción de la opción más favorable para el trabajador y desestimó el recurso de la empresa, bajo el entendimiento de que constitucional y supraleegais, jerárquicamente más alto que el CLT, autoriza la acumulación de adicionales. . P>
p> Según el ponente de la apelación, el cumplimiento de los adicionales no implica un pago doble, ya que la insalubre y la peligrosidad tienen un origen diverso. Los insalubres se refieren a la salud del empleado por las condiciones dañinas del entorno laboral, mientras que la peligrosidad "traduce la inminente situación de peligro que, una vez ocurrió, puede cosechar la vida del trabajador, y este es el bien protegido". P>
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entendió a los jueces que las convenciones 148 y 155 de la Organización Internacional del Trabajo excedieron la norma prevista en CLT y norma reguladora regulatoria del Ministerio de Trabajo y Empleo con respecto a la percepción de un solo un adicional cuando el trabajador está sujeto a insalubres y condiciones peligrosas en el trabajo. p>
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Método: RR-1072-72.2011.5.02.0384 p>