PROGRAMA DE INSTITUTOS "EN 2013" PERMISO DE INSTITUTOS DE DEUTAS DE ICMS

El gobierno del estado de Río Grande do Sul, a través del Decreto Nº 50.785 / 2013, publicado el 30 de octubre de 2013, instituyó el programa "el 2013"

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El Gobierno del Estado de Río Grande do Sul, a través del Decreto Nº 50.785 / 2013, publicado el 30 de octubre de 2013, instituyó el programa "el 2013" con el objetivo de regular las deudas tributarias que surgen de los ICM a los ingresos estatales.

El programa permite que los créditos de ICMS vencen hasta el 31 de julio de 2013 a pagar con una reducción del 40% en interés debido a la fecha del marco, o no constituida, habilitada en deuda activamente o incluida en la ejecución de impuestos ya presentada.

Además de la reducción de intereses, el decreto también otorga descuentos en multas y actualizaciones monetarias sobre ellos inversamente proporcional a la cantidad de parcelas, de acuerdo con los siguientes porcentajes:

i - reducción del 75% (setenta y cinco por ciento), cuando el pago está en una sola parte;
II - Reducción del 50% (cincuenta por ciento) para la cuota en hasta 12 cuotas;
iii - reducción del 40% (cuarenta por ciento) para cuotas de 13 a 24 cuotas;
Iv - reducción del 30% (treinta por ciento) para cuotas de 25 a 36 cuotas;
v - reducción del 20% (veinte por ciento) para cuotas de 37 a 48 cuotas;
VI - reducción del 10% (diez por ciento) para cuotas de 49 a 60 cuotas.

En el caso de las compañías opuestas del simple nacional, existe la posibilidad de cuota de 61 a 120 cuotas, con la reducción del 40% en el interés.

Adherencia al programa y el pago de la participación inicial o de alta, integral o parcial debe realizarse entre el 1 y el 29 de noviembre de 2013 a través de los formularios previstos en la regulación de los ingresos estatales y confiar en las discapacidades previas administrativas o judiciales. En caso de pago o pago de créditos originados en denuncia espontánea, esto debe presentarse en las granjas para el 21 de noviembre de 2013.

La adherencia al programa no exonerará al contribuyente del pago de posibles costos, emolumentos y tarifas relacionadas con los procedimientos legales, así como presupone la presentación de la garantía en el proceso ejecutivo fiscal.

En la hipótesis de la opción para la cuota, predeterminada durante tres meses, así como la acumulación de deuda activa precisa relacionada con tres meses de los ICM declarados en GIA, en relación con los hechos generadores que se producen después de la formalización del Acuerdo, implica la revocación de la entrega.

Declaración normativa 95/2013 de los ingresos estatales ha regulado el programa.